APRUEBA MODIFICACION A DECRETO DE EDUCACION Nº 73 DE 2001, QUE APRUEBA REGLAMENTO DEL FONDO CONCURSABLE PARA ESCUELAS ARTISTICAS
Núm. 396.- Santiago, 17 de noviembre de 2003.- Considerando:
Que por decreto supremo de Educación Nº 73 de 2001, se aprobó el Reglamento del Fondo Concursable para Escuelas Artísticas 2001;
Que la Ley de Presupuesto para el sector público para 2003 contempla en el Subtítulo 25, ítem 33-096 del Programa 10 de la Subsecretaría de Educación, el fondo concursable destinado a apoyar el desarrollo y el fomento de los establecimientos educacionales especializados en cultura y difusión artística, reconocidos con dichas especialidades por el Ministerio de Educación;
Que, la glosa 10 de la Clasificación Presupuestaria señalada establece que los procedimientos de postulación y selección de los proyectos de dicho Fondo concursable se rigen por las disposiciones del decreto supremo Nº 73 de 2001 y sus modificaciones; y,
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile de 1980; ley Nº18.956 de 1990; Glosa 10 Subtítulo 25, ítem 33-096 del Programa 10 de la Subsecretaría de Educación; Ley de Presupuesto Nº 19.842 para el año 2003; y la resolución Nº 520 de la Contraloría General de la República de 1996,
D e c r e t o:
Artículo único: Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 3º del decreto supremo de Educación Nº 73 de 2001, que aprobó el Reglamento del Fondo Concursable para Escuelas Artísticas 2001:
"Sin perjuicio de lo anterior, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes podrá efectuar dentro del mismo año calendario más de un concurso. Para este efecto, deberá certificarse por el Subdirector Nacional de dicho Consejo el hecho de no haberse asignado la totalidad de los fondos concursables y en este caso, se efectuará la correspondiente convocatoria para un nuevo concurso, el que se regirá por el presente regla-mento".