Modifíquese, la Ordenanza Local N° 2 de Derechos Municipales, regida por Decreto Alcaldicio N° 1702 del 31.12.1991, la presente modificación regirá a contar de su respectiva publicación en el Diario Oficial. Los diversos Servicios Municipales estarán obligados al cobro de derechos que, por cada caso, contemple la presente Ordenanza, conforme a lo que se indicará a continuación: _____________________________________________________ | NOTA: VER CUADRO D.O. N° 34.479, DEL DIA 30 DE | | ENERO DE 1993, PAGINA 4. | |_____________________________________________________|
Tendrán presente esta Ordenanza, todas las Direcciones Municipales para los fines administrativos que correspondan.