REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE EVALUACION DE PROGRAMAS ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 52 DEL DECRETO LEY Nº 1.263, DE 1975, ORGANICO DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO
Núm. 1.177.- Santiago, 17 de diciembre de 2003.- Vistos: El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República y el artículo 52 del decreto ley Nº 1.263, de 1975; Considerando: La conveniencia de disponer de información que apoye la gestión y el análisis para una eficiente toma de decisiones en la asignación de los recursos públicos; la necesidad de mejorar la gestión de las entidades públicas a través del aprendizaje institucional de los administradores o encargados de implementar las políticas y programas, y los beneficios de una adecuada rendición de cuentas públicas por parte de los órganos de la administración. 9 Decreto:
Apruébase el siguiente Reglamento para la aplicación del sistema de evaluación de programas públicos.