Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº26 de 06 de febrero 2004, que exime a los contribuyentes que indica, que hagan uso del crédito por gastos de capacitación y respecto de los cuales se verifique que el 1% de las remuneraciones imponibles pagadas a su personal durante el año, es menor o igual a 13 UTM de diciembre del año respectivo, de la obligación de presentar la Declaración Jurada Nº1.887, y dispone obligación de presentar Declaración Jurada a los empleadores cuyo 1% de remuneraciones imponibles sea menor o igual a 13 UTM de diciembre del año comercial correspondiente, sobre el pago de rentas a que se refiere el art.42 Nº1, de la Ley de la Renta, retención del Impuesto Unico, cotizaciones previsionales y de salud, y trabajadores o personas capacitadas por cuenta de la empresa utilizando crédito por gastos de capacitación.
El texto íntegro de esta resolución está publicado en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII, en febrero de 2004.