MODIFICA DECRETO LEY Nº 451, DE 1974
Núm. 1.134.- Santiago, 31 de Julio de 1975.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973, y el decreto ley Nº 451, de 1974, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Reemplázase el artículo segundo del decreto ley Nº 451, de 1974, por el siguiente:
"Artículo segundo.- El gasto por el año 1974, que signifique la aplicación del presente decreto ley, se financiará con los fondos consultados en el Presupuesto de la Nación, con cargo a las economías del Subtítulo Remuneraciones de las respectivas Subsecretarías del Ministerio de Defensa Nacional. Anualmente el financiamiento de estos Escalafones será con cargo a los fondos que para estos efectos se contemplen en la Ley de Presupuesto de la Nación, para las Subsecretarías de Guerra, Marina y Aviación".