APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS, ADECUANDOLOS A LA LEY Nº 19.712, LEY DEL DEPORTE
Santiago, 20 de abril de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 1.347 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo Nº 110 de Justicia, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica, modificado por el decreto supremo de Justicia Nº 679, de 26 de septiembre de 2003, publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de febrero de 2004, en la ley Nº 19.712 y su reglamento, contenido en el decreto supremo Nº 59, de 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno,
Decreto:
1.- Apruébanse las reforma que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada "Federación Chilena de Gimnasia", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia Nº 2.892, de 13 de diciembre de 1966, en los términos que dan testimonio el instrumento protocolizado bajo el Nº 2.516, con fecha 5 de diciembre de 2003, y la escritura pública de fecha 5 de marzo de 2004, otorgados ante los Notarios Públicos de Santiago don Nibaldo Arévalo Macías, interino el primero, y don Raúl Iván Perry Pefaur, la segunda.
2.- Declárase que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto la entidad en lo sucesivo se denominará "Federación Deportiva Nacional de Gimnasia", la que podrá usar el nombre "Federación Chilena de Gimnasia".