RECTIFICA DECRETO Nº 834 EXENTO, DE 2003
Núm. 356 exento.- Santiago, 11 de mayo de 2004.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República, el DFL Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº 430 de 1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes Nº 19.713, Nº 19.822 y Nº 19.849; el decreto exento Nº 834 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Considerando: Que el decreto exento Nº 834 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, identificó erróneamente una de las áreas de distribución de la cuota global anual de captura del recurso Raya Raja flavirostris,
Decreto: