Resolución exenta Nº 450, de fecha 1 de junio de 2004, de Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, prohíbe el día miércoles 2 de junio de 2004, adicionalmente a la establecida en la resolución exenta Nº 102/2004, de dicha Secretaría Regional, la circulación de vehículos motorizados de cuatro o más ruedas que se señalan en el presente cuadro, según tipo o servicio y último dígito de placa patente, en los horarios y perímetros que se indican, encontrándose exceptuados de esta restricción todos los vehículos aludidos en el numeral 4º de la citada resolución exenta Nº 102/2004:
Tipo de Vehículo Dígitos Horario Perímetro Automóviles, 7-8 Entre las Station Wagon y 07:30 hrs. similares, y y las 21:00 taxis en cualquiera hrs. de sus modalidades. Transporte escolar. 7-8 Entre las Provincia 21:00 hrs. de Santiago y las 06:30 más las comunas hrs. del de San Bernardo día y Puente Alto. siguiente
Buses urbanos licitados, buses 7-8 Entre las urbanos no 10:00 hrs. licitados, buses y las 16:00 rurales, buses hrs. interurbanos (excepto los que cumplan con el ruteo definido en la resolución exenta Nº 82/2001 de esta Seremitt) y buses de transporte privado de personas. Transporte de Carga. 7-8 Entre las Area interior 10:00 hrs. delimitada por y las 18:00 Circunvalación hrs. Américo Vespucio