Resolución exenta Nº 453, de fecha 2 de junio de 2004, de Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, prohíbe el día jueves 3 de junio de 2004, adicionalmente a la establecida en la resolución exenta Nº 102/2004, de dicha Secretaría Regional, la circulación de vehículos motorizados de cuatro o más ruedas que se señalan en el presente cuadro, según tipo o servicio y último dígito de placa patente en los horarios y perímetros que se indican, encontrándose exceptuados de esta restricción todos los vehículos aludidos en el numeral 4º de la citada resolución exenta Nº 102/2004.
Tipo de Vehículo Dígitos Horario Perímetro Automóviles, Station Wagon y similares, y taxis en cualquiera 9-0 Entre las de sus modalidades. 07:30 hrs. y las 21:00 hrs. Transporte escolar. 9-0 Entre las Provincia 21:00 hrs. de Santiago y las 06:30 más las hrs. del comunas de día San Bernardo siguiente y Puente Alto.
Buses urbanos licitados, buses urbanos no licitados, buses rurales, buses interurbanos (excepto los que cumplan 9-0 Entre las con el ruteo 10:00 hrs. definido en la y las 16:00 resolución hrs. exenta Nº 82/2001 de esta Seremitt) y buses de transporte privado de personas. Transporte de carga 9-0 Entre las Area 10:00 hrs. interior y las delimitada 18:00 hrs. por Circunvalación Américo Vespucio.