MODIFICA RESOLUCION Nº 843 EXENTA, DE 1995
Santiago, 9 de junio de 2004.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 2.350 exenta.- Visto: El D.S. Nº 40 (V. y U.), de 2004 y sus modificaciones, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional, y en especial lo dispuesto en su Título II; el D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985 y sus modificaciones, que reglamenta la participación de las Instituciones del Sector Vivienda en el Desarrollo de Programas Especiales de Construcción de Viviendas Sociales, y en especial lo dispuesto en su artículo 9º; el D.S. Nº 120 (V. y U.), de 1995 y sus modificaciones, que reglamenta los Títulos III, IV y V de la ley Nº 19.281, sobre Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa, y en especial lo dispuesto en su artículo 23; la resolución exenta Nº 843, de fecha 6 de abril de 1995, publicada en el Diario Oficial de 19 de abril de 1995, y sus modificaciones; la resolución exenta Nº 811, de fecha 19 de marzo de 2004, publicada en el Diario Oficial de 20 de marzo de 2004, en especial lo dispuesto en su número 4º, en relación a lo dispuesto en la resolución exenta Nº 843, de este Ministerio, de 1995 y sus modificaciones; y, Considerando: a) Lo solicitado por el Sr. Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la VIII Región del Bío Bío, mediante oficio Ord. Nº 597, de fecha 31 de marzo de 2004, dicto la siguiente Resolución:
1º.- Modifícase la resolución exenta Nº 843, de este Ministerio, de 1995, y sus modificaciones, en el sentido de incorporar el siguiente sector, de la comuna que se señala, a las zonas de renovación urbana determinadas para la VIII Región del Bío Bío:
"Región Ciudad o Comuna Sector (límites)
VIII del Bío Bío Tomé Polígono delimitado por eje de calles A. Luco; Manuel Montt; Aníbal Pinto; Sargento Aldea; O'Higgins; Blanco Encalada; Mariano Egaña; Ignacio Palma; Las Dalias; Enriqueta Pantoja; Mariano Egaña; El Libertador; Irene Frei; deslinde Norte terreno Rol Avalúo 153-1; eje de calles Mariano Egaña; Orompello; Tucapel; límite oriente faja vía Ferrocarriles del Estado; eje de calles Vicente Palacios; Portales; Bombach; Ramón León Luco; Riquelme; continuación por eje de calles Sotomayor; Maipú; Manuel Montt; Mariano Egaña; Vicuña Mackenna; B. Vicuña; continuación por escalera Carlos Mahns y prolongación pasaje Reyes hasta A. Luco.".
2º.- La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la VIII Región del Bío Bío, pondrá a disposición del Serviu respectivo, plano en el que se grafique la zona de renovación urbana determinada en la presente resolución, para que la misma pueda ser consultada por los interesados. 3º.- La zona de renovación urbana que se determina en la presente resolución regirá para los llamados que se efectúen a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial, incluyendo el llamado efectuado por resolución exenta Nº 811, de este Ministerio, de fecha 19 de marzo de 2004, y para los Programas Especiales que regula el D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985, que se desarrollen a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial, rigiendo para los llamados y programas efectuados o convenidos con anterioridad, las zonas que se encontraban vigentes al momento de su convocatoria o convenio, según corresponda.