DEROGA DECRETO LEY Nº 264, DE 1974, Y CONDONA MULTAS QUE INDICA
Núm. 2.314.- Santiago, 10 de Agosto de 1978.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; 991, de 1976, y
Considerando:
La conveniencia que los Juzgados de Policía Local permanezcan como únicos organismos competentes para conocer y juzgar las infracciones a las normas que regulan el transporte público de pasajeros y carga, y Que debe evitarse, como ocurre en el sistema que ahora se modifica, que una misma situación infraccional pueda ser objeto de una doble sanción,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Derógase el decreto ley Nº 264, de 1974, que facultó a la Subsecretaría de Transportes para aplicar multas por infracciones a las normas reguladoras del transporte público de pasajeros y carga, y condónanse las que se encuentren pendientes de pago, impuestas en virtud de lo dispuesto por el decreto ley que se deroga.