MODIFICA RESOLUCION Nº 316, DE 2004
Núm. 2.714 exenta.- Valparaíso, 21 de septiembre de 2004.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de esta Subsecretaría mediante memorándum Nº 352, de fecha 14 de septiembre de 2004; lo dispuesto en el DFL Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones Nº 316, Nº 414, Nº 910, Nº 2.529 y Nº 2.606, todas de 2004, de esta Subsecretaría.
R e s u e l v o:
1º.- Modifícase la resolución Nº 316 de 2004, modificada por resoluciones Nº 414, Nº 910, Nº 2.529 y Nº 2.606, todas de 2004, de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de las pesquerías artesanales de Anchoveta y Sardina común de la VIII Región, en el sentido de asignar las siguientes cuotas para el período septiembre-diciembre para las organizaciones que a continuación se indican:
a) Asociación Gremial de Pescadores Artesanales de San Vicente, Talcahuano, Registro de Asociaciones Gremiales Nº 18-8: 1.647 toneladas de Anchoveta y 1.830 toneladas de Sardina común; b) Sindicato de Trabajadores Independientes de Pescadores Artesanales de Caleta Cocholgue, Registro Sindical Unico Nº 08.06.23: 0 tonelada de Anchoveta y 0 toneladas de Sardina común.
2º.- La presente resolución podrá ser impugnada por la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente. 3º.- Transcríbase copia de esta resolución a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y al Servicio Nacional de Pesca.