MODIFICA DECRETO N° 176, DE 2000, QUE CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA EL BICENTENARIO DE LA REPUBLICA
Núm. 93.- Santiago, 1 de julio de 2004.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 N° 8 de la Constitución Política de la República; en el decreto supremo N° 176 de 2000, modificado por el decreto supremo N° 205 de 2000, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y en la resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República, Considerando:
1) La necesidad de adecuar la integración de la Comisión Bicentenario, incorporando al nuevo Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, así como la conformación del Comité Asesor Bicentenario. 2) La conveniencia de especificar las funciones que corresponden a la Secretaría Ejecutiva contemplada en la conformación interna de la Comisión Bicentenario para proporcionarle apoyo técnico y administrativo, a objeto de asegurar su adecuado desempeño para la consecución de las finalidades de dicha Comisión. 3) La decisión de radicar administrativamente en el Ministerio del Interior a la mencionada Secretaría Ejecutiva, atendida la mayor disponibilidad operativa con que cuenta dicha Secretaría de Estado.
Decreto:
Modifícase el decreto supremo N° 176 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la República, en lo siguiente: 1° En el considerando tercero agréguese a continuación de la expresión "e integrada", las palabras "en su diversidad". 2° En el número 3), intercálese a continuación de la letra a) el siguiente literal b), nuevo, pasando las actuales letras b) a la n) a ser letras c) a la o): "b) El Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, quien será su vicepresidente.". 3° En el número 5), incorpórese los siguientes numerales 31 y 32, nuevos: "31.- Eugenio Tironi Barros. 32.- Matías de la Fuente Condemarín.". 4° En el número 7), sustitúyase la expresión "de la Presidencia de la República" por "del Ministerio del Interior"; y agréguense los siguientes incisos nuevos: "La Secretaría Ejecutiva se denominará "Secretaría Ejecutiva Bicentenario" y estará a cargo de un Secretario Ejecutivo nombrado por el Presidente de la República. La Secretaría Ejecutiva Bicentenario deberá coordinar el funcionamiento de la Comisión Bicentenario y de sus Comités, y contará con las atribuciones necesarias para el cumplimiento de los acuerdos que aquellos adopten. Para el cumplimiento de sus cometidos, la Secretaría Ejecutiva Bicentenario desempeñará, en especial, las siguientes funciones: a) Prestar asesoría técnica a la Comisión Bicentenario, al Comité Asesor Bicentenario y al Comité de Participación Internacional y velar por el cumplimiento de sus acuerdos; b) Velar por la correcta ejecución de las actividades que la Comisión Bicentenario y sus Comités acuerden desarrollar; c) Elaborar y proponer a la Comisión y a los Comités, estudios, planes, metodologías y procedimientos para el desarrollo de su cometido; d) Proponer la formulación de planes, políticas, medidas, proyectos y actividades para el Bicentenario de la República de Chile, para ser incorporados al programa que la Comisión propondrá al Presidente de la República; e) Servir de instancia canalizadora respecto de las colaboraciones y aportes que entidades públicas y privadas destinen al programa del Bicentenario de la República de Chile, mediante convenios de cooperación, de colaboración, de apoyo, o de asesoría; f) Asesorar a la Comisión en las materias relativas con el apoyo internacional para el Programa Bicentenario; g) Formular y proponer a la Comisión y a los Comités, según corresponda, programas de difusión de las actividades relativas al Programa Bicentenario, e informar de los resultados obtenidos en su implementación; h) Actuar como coordinador de la Comisión Bicentenario y de los Comités, tanto en su funcionamiento interno, como frente a los Ministerios y demás organismos de la Administración del Estado, en todo lo relativo a la formulación del Programa Bicentenario. En esta virtud, los órganos de la Administración del Estado y sus funcionarios deberán proporcionarle, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, la colaboración que sea pertinente para el desarrollo de sus funciones. La Secretaría Ejecutiva Bicentenario estará administrativamente radicada en el Ministerio del Interior, secretaría que le proporcionará los expertos, profesionales y demás funcionarios que sean necesarios para el cumplimiento de su función, ajustándose a la normativa estatutaria vigente y a las disponibilidades presupuestarias.
La Secretaría Ejecutiva Bicentenario podrá realizar los estudios, proyectos, investigaciones y programas que sean conducentes o necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como conformar los equipos especiales de trabajo que dichas funciones exijan, dentro de las disponibilidades presupuestarias y conforme a la legislación vigente. El funcionamiento interno de la Secretaría Ejecutiva Bicentenario será establecido por el Secretario Ejecutivo.".