MODIFICA RESOLUCION Nº 316, DE 2004
Núm. 2.809 exenta.- Valparaíso, 5 de octubre de 2004.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de esta Subsecretaría mediante memorándum Nº 375, de fecha 5 de octubre de 2004; lo dispuesto en el D.F.L. Nº 5 de 1983, la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones Nº 316, Nº 414, Nº 910, Nº 2.529, Nº 2.606 y Nº 2.714, todas de 2004, de esta Subsecretaría.
R e s u e l v o:
1º.- Modifícase la resolución Nº 316 de 2004, modificada por resoluciones Nº 414, Nº 910, Nº 2.529, Nº 2.606 y Nº 2.714, todas de 2004, de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de las pesquerías artesanales de Anchoveta y Sardina común de la VIII Región, en el sentido de incrementar en 5.000 toneladas la cuota de Anchoveta asignada para el período septiembre-diciembre 2004 a la Asociación de Armadores y Productores Pelágicos Artesanales VIII Región, Arpropelar A.G., Registro de Asociaciones Gremiales Nº 353-8.
2º.- La presente resolución podrá ser impugnada por la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
3º.- Transcríbase copia de esta resolución a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y al Servicio Nacional de Pesca.