MODIFICA RESOLUCION Nº 680 EXENTA, DE 2003, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA APLICACION PRACTICA DEL PROGRAMA CONCURSABLE DE OBRAS DE ESPACIOS PUBLICOS
Santiago, 6 de octubre de 2004.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 4.384 exenta.- Visto: El DS Nº 245 (V. y U.), de 2001, que reglamenta el Programa Concursable de Obras de Espacios Públicos, y sus modificaciones, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
Artículo único.- Modifícase la resolución exenta Nº 680 (V. y U.), de 2003, en la siguiente forma:
1.- Reemplázase la letra f) del número 4 del artículo 1º por la siguiente:
"f) Contrato de comodato a favor del Municipio, por un plazo mínimo de 20 años, si las obras se construirán en terrenos de propiedad de particulares destinados al uso público o declaración jurada en que conste el compromiso que asume el propietario de entregar en comodato los terrenos en que se construirán las obras en el caso que el proyecto resulte seleccionado.".
2.- Agrégase la siguiente frase al inciso primero del núnero 10 del artículo 1º, antes del punto con que finaliza dicho inciso: "y que se entregue al Serviu copia del contrato de comodato a favor del Municipio, cuando se trate de obras que se construirán en terrenos de propiedad de particulares destinados al uso público, en el caso previsto en la letra f) del número 4 de este artículo.".
3.- Suprímese en el número 11, la expresión "al contrato de comodato o".