DETERMINA, PARA EL MINISTERIO DE HACIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS QUE INDICA, LOS CARGOS QUE TENDRAN LA CALIDAD DISPUESTA EN EL ARTICULO 7° BIS DE LA LEY Nº 18.834 Y CAMBIA DENOMINACIONES QUE SEÑALA
D.F.L. Núm. 40.- Santiago, 2 de diciembre de 2004.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad que me ha conferido el artículo séptimo transitorio de la ley Nº 19.882 y el artículo 33 de la ley Nº 19.985, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Articulo 1
Artículo 1º.- Otórgase la calidad de cargos de carrera, regidos por el artículo 7º bis de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, a los que se pasan a señalar, respecto del Ministerio y Servicios que se indican:
a) Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda
Denominación Grado Nº cargos Jefe Depto. Financiero 5° 1 Jefe Depto. Admtvo. 5° 1
b) Dirección de Presupuestos
Denominación Grado Nº cargos Jefes de Departamento 3° 5
c) Servicio de Impuestos Internos
Denominación Grado Nº cargos Jefes de Departamento 5° 30 Jefes de Departamento 6° 3 Jefes de Departamento 7° 38 Jefes de Departamento 8° 59
d) Dirección Nacional de Servicio Civil
Denominación Grado Nº cargos Jefes de Departamento 4° 3
e) Consejo de Defensa del Estado
Denominación Grado Nº cargos
Jefe de Control y Tramitaciones Judiciales 3° 1 Jefe de Estudios y Planificación 3° 1 Jefe de Departamento de Administración General 3° 1 Jefe de Departamento de Alcoholes 3° 1 Jefe de Subdepartamento de Planificación y Evaluación 4° 1 Jefe de Unidad 4° 3
f) Casa de Moneda
Denominación Grado Nº cargos Jefes Departamento 5° 6 Contralor 5° 1 Jefes Departamento 6° 3 Jefe Subdepartamento Diseño y Valores 6° 1
g) Servicio de Tesorerías
Denominación Grado Nº cargos Jefes de Departamento 4° 3 Jefes de Departamento 5° 10 Jefes de Departamento 6° 2 Jefes de Sección 6° 10
h) Servicio Nacional de Aduanas
Denominación Grado Nº cargos Jefes Departamentos 3° 6 Jefes Departamentos 4° 4 Jefes Departamentos 5° 22 Jefes Departamentos 6° 7
Articulo 2
Artículo 2º.- Sustitúyese la actual denominación de los cargos que se indica, por la que se pasa a señalar, respecto de los siguientes Servicios: a) Consejo de Defensa del Estado
Denominación Actual Grado Nº cargos Nueva denominación Jefe de Departamento de Defensa Estatal 2° 1 Jefe División de Defensa Estatal Jefe del Departamento de Control del Tráfico Ilícito de Estupefacientes 3° 1 Jefe de División de Control del Trafico Ilícito de Estupefacientes b) Servicio de Tesorerías
Denominación Actual Grado Nº cargos Nueva denominación Jefes de Departamento 3° 7 Jefes de División
c) Dirección de Compras y Contratación Pública
Denominación Actual Grado Nº cargos Nueva denominación Jefes de Departamento 3° 4 Jefes de División
d) Unidad de Análisis Financiero
Denominación Actual Grado Nº cargos Nueva denominación Jefes de Departamentos 4° 3 Jefes de División