EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 8 EXENTA, DE 25 DE ENERO DE 2005, QUE ESTABLECE OBLIGACION QUE INDICA A USUARIOS DE ZONAS FRANCAS
Los contribuyentes Usuarios de Zona Franca a que se refiere el D.F.L. 341, de Hacienda, de 1977, deberán presentar una declaración jurada anual, hasta antes del 15 de marzo de cada año, acerca de las operaciones de entradas y salidas de las Zonas o Depósitos Francos realizadas con terceros en el año calendario precedente.
El texto íntegro de esta resolución está publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en Internet (www.sii.cl) y además aparecerá en el Boletín del SII en enero de 2005.