IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS USUARIOS DE LA FRANQUICIA TRIBUTARIA, ORGANISMOS TECNICOS DE CAPACITACION Y ORGANISMOS TECNICOS INTERMEDIOS PARA CAPACITACION PARA LA APLICACION DE LOS ARTICULOS 33 Y 36 LEY Nº19.518, RECIENTEMENTE MODIFICADA POR LA LEY Nº19.967 Núm.86 exenta.- Santiago, 26 de enero de 2005.- Vistos: 1.- La ley Nº19.967, publicada en el Diario Oficial el día 4 de septiembre de 2004, que modifica el Estatuto de Capacitación y Empleo consignado en la ley Nº19.518. 2.- La necesidad de instruir a las empresas usuarias de la franquicia tributaria, organismos técnicos de capacitación y organismos técnicos intermedios para capacitación acerca de las recientes modificaciones a los artículos 33 y 36 del Estatuto de Capacitación y Empleo, introducidas por la ley antes citada. 3.- Las facultades que me otorga el Nº5 del artículo 85 de la ley Nº19.518, sobre Estatuto de Capacitación y Empleo y lo consignado en la resolución Nº520, de la Contraloría General de la República, que contiene el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº55, de 1992, sobre exención del trámite de toma de razón,
Resuelvo: