MODIFICA DECRETO Nº 814, DE 2003, QUE APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 19 BIS DEL D.L. Nº 1.263, DE 1975 Núm. 1.199.- Santiago, 28 de diciembre de 2004.- Vistos: lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 19 bis del decreto ley Nº 1.263, de 1975, el decreto Nº 814 (H.), de 2003 y lo establecido en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile, dicto el siguiente:
Decreto:
1.- Modifícase el decreto Nº 814, de 2003, del Ministerio de Hacienda, en los siguientes términos:
a) Reemplázase el artículo 1º por el siguiente:
"Artículo 1º.- La identificación presupuestaria previa a que se refiere el artículo 19 bis del decreto ley Nº 1.263, de 1975, se efectuará conforme a lo dispuesto en la citada disposición legal y en el presente reglamento, comprendiendo los estudios básicos, los proyectos y programas de inversión correspondientes a los ítem 01, 02 y 03 del subtítulo 31 de los presupuestos de los órganos y servicios públicos incluidos en la Ley de Presupuestos del Sector Público para cada anualidad."
b) Suprímese el inciso tercero del artículo 3º.