Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 182 de 09.02.2005, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al tercer cuatrimestre de 2004, a la Agrupación Cultural y Comunicacional Creaciones, RUT Nº 65.359.840-8, con domicilio en calle Tromén Nº 165, Pedro de Valdivia, Temuco, IX Región, una concesión de radiodifusión sonora en mínima cobertura, para la comuna de Teodoro Schmidt, IX Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia máxima : 1,0 Watts. - Frecuencia : 107,5 MHz. - Sistema radiante : Direccional con polarización vertical, 1 antena Yagi de 2 elementos de 3,0 dBd de ganancia máxima, y una altura del centro de radiación de 6 m. - Pérdidas en cables, conectores y otros : 2,0 dB. - Ubicación del estudio : Km. 34 Camino Freire- Toltén, 2 Km. interior al Sur, Sector Peñehue, Teodoro Schmidt, IX Región. - Coordenadas geográficas : 38°58'15" Latitud Sur 73°00'00" Longitud Oeste. - Ubicación de la planta transmisora y sistema radiante : Cerro Peñehue, Teodoro Schmidt, IX Región. - Coordenadas geográficas : 38°59'30" Latitud Sur 73°00'50" Longitud Oeste.
El radioenlace estudio-planta será de 3,0 Watts de potencia máxima, con una antena de 7,0 dBd de ganancia máxima. Los plazos serán los que se indican a continuación: Inicio de obras: 30 días; Término de obras: 90 días; Inicio de servicio: 280 días. Todos los plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión. La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A y 13B de la ley Nº 18.168 Ley General de Telecomunicaciones, a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 182 de 09.02.2005, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de (5) días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.