MODIFICA RESOLUCION Nº 5.752 EXENTA, DE 2004, DISPONIENDO ASIGNACION DE RECURSOS POR TRAMOS DENTRO DE LA REGION QUE SE DESTINARAN AL FINANCIMIENTO DEL SUBSIDIO DIRECTO; APRUEBA NOMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA EL TITULO I, SUBSIDIO GENERAL, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACION COLECTIVA CON PROYECTOS CORRESPONDIENTES AL LLAMADO A POSTULACION NACIONAL EXTRAORDINARIA 2005 DEL SISTEMA DE SUBSIDIO HABITACIONAL, Y DEJA SIN EFECTO SOLICITUDES DE POSTULACION AL LLAMADO REFERIDO
Santiago, 15 de marzo de 2005.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 793 exenta.- Visto: El D.S. Nº 40 (V. y U.), de 2004, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional, en especial lo previsto en sus artículos 16, 17, 18 y 19 y en el Título I del Capítulo II de dicho reglamento; la resolución exenta Nº 5.752, de este Ministerio, de fecha 28 de diciembre de 2004, publicada en el Diario Oficial del 30 de diciembre de 2004, y
Considerando:
a) Que por el número 1º de la resolución exenta Nº 5.752, de este Ministerio, de 2004, se llamó a postulación nacional extraordinaria 2005 del Sistema de Subsidio Habitacional, en su Título I modalidad de postulación colectiva con proyectos; b) Que se hace necesario modificar la forma de determinar la distribución de recursos por tramo de precio de vivienda dispuesta para dicho llamado, con el objeto de lograr una mejor utilización de los recursos dispuestos para ese llamado; c) Que el DS Nº 40 (V. y U.), de 2004, establece algunas inhabilidades para postular al Sistema de Subsidio Habitacional, así como las causales por las cuales este Ministerio podrá dejar sin efecto las solicitudes para postular a dicho beneficio, dicto la siguiente,
Resolución:
1º.- Modifícase la resolución exenta Nº 5.752, de este Ministerio, de 2004, en el sentido de fijar la siguiente distribución de recursos por Región y Tramos de precio de vivienda:
En unidades de fomento Región Tramo 1 Tramo 2 Total I 5.720 0 5.720 II 0 0 0 III 6.490 0 6.490 IV 16.610 2.250 18.860 V 66.330 900 67.230 VI 55.440 5.514 60.954 VII 119.350 1.710 121.060 VIII 48.730 7.110 55.840 IX 10.560 0 10.560 X 40.106 1.350 41.456 R.M. 152.020 9.810 161.830 Total 521.356 28.644 550.000
2º.- Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el goce del subsidio habitacional correspondiente al llamado nacional extraordinario 2005 del Sistema de Subsidio Habitacional Título I, en la modalidad de postulación colectiva con proyectos, dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 5.752, de este Ministerio, de 2004, nóminas que se entenderán formar parte de esta resolución (páginas 1 a 102), y fíjase el número de postulantes seleccionados, de acuerdo a la distribución de recursos efectuada en el número anterior, por Región y Tramo, como el monto de recursos comprometidos en dichas selecciones, según se indica en las siguientes tablas:
En unidades de fomento
Región Tramo 1 Tramo 2 Total I 5.720 0 5.720 II 0 0 0 III 6.490 0 6.490 IV 16.610 2.250 18.860 V 66.330 900 67.230 VI 55.440 5.490 60.930 VII 119.350 1.710 121.060 VIII 48.730 7.110 55.840 IX 10.560 0 10.560 X 39.930 1.350 41.280 R.M. 152.020 9.810 161.830 Total 521.180 28.620 549.800
Nº postulantes seleccionados Región Tramo 1 Tramo 2 Total I 52 0 52 II 0 0 0 III 59 0 59 IV 151 25 176 V 603 10 613 VI 504 61 565 VII 1.085 19 1.104 VIII 443 79 522 IX 96 0 96 X 363 15 378 R M. 1.382 109 1.491 Total 4.738 318 5.056
3º.- Déjanse sin efecto las 325 solicitudes de postulación para el llamado nacional extraordinario Título I, alternativa de postulación colectiva con proyectos, efectuado por el número 1º de la resolución exenta Nº 5.752, de este Ministerio, de 2004, presentadas por las personas individualizadas en las nóminas que se acompañan (páginas 1 a 8), las cuales se entenderán formar parte integrante de la presente resolución, por las causales que en cada caso se expresan en dichas nóminas. 4º.- Publíquense en un periódico de circulación nacional, las nóminas de postulantes seleccionados conforme al número 2º de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, el nombre, cédula nacional de identidad del postulante, el puntaje obtenido, así como el plazo de que dispondrán los interesados, para poder presentar al Serviu respectivo, sus observaciones o reclamos, si correspondiere; y las nóminas de postulantes cuyas solicitudes de postulación fueron dejadas sin efecto, a que se refiere el número 3º anterior.