Incorpora nuevas instrucciones sobre identificación de vehículos mediante la "Hoja Anexa de Detalle Vehículos" transmitida electrónicamente.
I.- Modifícase el Compendio de Normas Aduaneras puesto en vigencia por la resolución Nº 2400/85 como se indica a continuación:
1.- Capítulo III Sustitúyese el numeral 5.3.14 del Apéndice I del Capítulo III Descripción de Mercancías, por el siguiente: "Tratándose de los siguientes vehículos automotores: Automóvil, Station Wagon, Minibús, Furgón, Camioneta y Jeep, inclusive este mismo tipo de vehículos que se importen bajo franquicia aduanera o al amparo del artículo 21 de la ley 18.483 Estatuto Automotriz, y el ítem comprenda una o varias unidades de un mismo modelo, la identificación de los vehículos mediante su número de VIN o Chasis deberá ser enviada electrónicamente mediante un registro de datos, establecido en el Anexo Nº 90 como "Hoja Anexa de Detalle Vehículos" del Compendio de Normas Aduaneras. Esta información deberá ser enviada por vía Web a Aduana dentro de los dos días hábiles siguientes contados desde la fecha de aceptación a trámite de la Declaración de Ingreso. Esta Hoja Anexa deberá ser impresa por el despachador, debiendo contener los datos mínimos establecidos que permitan individualizar físicamente a los vehículos al momento del retiro de ellos desde la zona primaria aduanera".
2.- Agréguese el Anexo Nº 90 denominado "Hoja Anexa de Detalle Vehículos" y las instrucciones de llenado.
II.- Como consecuencia de las modificaciones anteriores, reemplázase la Hoja Cap. III - 151 - i) del Apéndice I del Capítulo III, y agrégase el Anexo Nº 90 (Hoja Anexa de Detalle Vehículos) al Compendio de Normas Aduaneras.
III.- Estas instrucciones comenzarán a regir en su primera etapa como Plan Piloto a contar del 2 mayo y hasta el 31 de mayo del presente año, para utilizarse en forma obligatoria el 1º de junio del año en curso.