MODIFICA RESOLUCION Nº 180 DE 2005 Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCION Nº1.532 DE 2005
Núm. 1.648 exenta.- Valparaíso, 1 de junio de 2005.- Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 5 de 1983, la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes Nº 19.713, Nº 19.822, Nº 19.849, Nº 19.880; los decretos exentos Nº 1.067 de 2004, Nº 114, Nº 392, Nº 471, todos de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones Nº180, Nº 673, Nº 742, Nº 773, Nº 859, Nº 1.063, Nº 1.079, Nº1.246, Nº 1.532, todas de 2005, de la Subsecretaría de Pesca,
Resuelvo:
1.- Modifícase el numeral 3º de la resolución Nº 180, modificada mediante resoluciones Nº 673, Nº 742, Nº 773, Nº 859, Nº 1.063, Nº 1.079, Nº 1.246 y Nº 1.532, todas de 2005, de esta Subsecretaría de Pesca, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la pesquería artesanal de Merluza del sur Merluccius australis correspondiente a la XI Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, en el sentido de señalar que las actividades extractivas correspondientes al mes de junio se realizarán en las siguientes fechas:
a) Flota Norte 1: 1 al 3 de junio. b) Flota Norte 2: 4 al 9 de junio. c) Flota Sur 1: 10 al 15 de junio. d) Flota Sur 2: 16 al 21 de junio.
2.- La presente resolución podrá ser impugnada mediante la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
3.- Déjase sin efecto la resolución Nº 1.532 de 2005, de la Subsecretaría de Pesca, en virtud de lo dispuesto en la presente resolución.
4.- Transcríbase copia de esta resolución a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y al Servicio Nacional de Pesca.