COMPLEMENTA DECRETO SUPREMO Nº 169, DE 1975
Santiago, 16 de Noviembre de 1976.- El Presidente de la República ha decretado hoy lo que sigue:
Núm. 1.365.- Visto estos antecedentes; lo dispuesto en el artículo 1º del decreto ley Nº 937, del Ministerio del Interior; el decreto supremo Nº 169, de 1975; lo informado por la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales y por la Asesoría de Abogados en oficios adjuntos,
Decreto:
Compleméntase el decreto de este Ministerio número 169, de 14 de Mayo de 1975, en el siguiente sentido:
Deléganse las facultades que a continuación se indican y que competen al Ministro y Subsecretario de Tierras y Colonización, en su caso, en los Secretarios Regionales Ministeriales de esta Secretaría de Estado:
a) Autorización de uso gratuito, de conformidad a lo establecido en el artículo 65 del DL. Nº 574, de 1974, cuando no se cumplan con los fines específicos que se invocaron en la petición respectiva.
b) Adquisición de bienes inventariables.
c) Confección de Actas de Avalúo de bienes raíces.
d) Transformación, traslado, baja y enajenación de bienes muebles de propiedad fiscal, que deberá hacerse por intermedio de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado. (DAE).
El presente decreto formará parte integrante del que se complementa para todos sus efectos legales.