MODIFICA RESOLUCION Nº 3.321 EXENTA, DE 2004
Núm. 3.277 exenta.- Santiago, 29 de junio de 2005.- Visto: La hoja de envío Nº 404, de 18 de abril de 2005, del Jefe de División de Protección Pecuaria; lo establecido en la ley Nº 18.755, modificada por la ley Nº 19.283, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; en la ley Nº 19.162; el decreto supremo Nº 240, de 1993, del Ministerio de Agricultura, que establece el Reglamento General de Transporte de Ganado y Carne Bovina, el decreto supremo Nº 56, de 1983, del Ministerio de Agricultura, que establece el Reglamento de Ferias de Animales; el decreto supremo Nº 46, de 1978, del Ministerio de Agricultura, que aprueba el nuevo Reglamento para la Prevención y Control de Fiebre Aftosa; la resolución Nº 5.578/2004 que aprueba el Reglamento específico para la Acreditación de Terceros en el Area Pecuaria, la resolución Nº 5.285/2004 que fija estándares para la acreditación de Terceros en el Area Pecuaria (tarifas), el decreto supremo Nº 80, de 1 de octubre de 2004, del Ministerio de Agricultura; las facultades que invisto como Director Nacional de la institución,
Resuelvo:
1.- Modifícase la resolución exenta Nº 3.321, de 13 de septiembre de 2004, que crea el Programa Oficial de Trazabilidad Sanitaria de Bovinos, en el sentido de:
a. Sustituir los Formularios de Inscripción de Establecimientos, Declaración de Existencias de Animales y Sanitario de Movimiento Animal, por los nuevos formatos que incorporado en el manual referido se entiende parte integrante de la presente resolución. b. Incorpórese el Anexo del Formulario de Identificación Individual Oficial de Bovinos, incorporado en el manual referido se entiende parte integrante de la presente resolución. c. Incorpórese el Formulario de Identificación Individual Oficial de Bovinos con Radiofrecuencia, incorporado en el manual referido se entiende parte integrante de la presente resolución. d. Modifíquese los capítulos III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XII y XIII del Manual de Procedimientos "Procedimientos de trazabilidad para ganado bovino" (Traza/MP1), por nuevos textos que incorporado en el manual referido se entiende parte integrante de la presente resolución. e. Modifíquese los capítulos I y II, del Instructivo Técnico "Exigencias técnicas para los Dispositivos de Identificación Individual Oficial utilizados para ganado bovino" (Traza/IT1), por nuevos textos que incorporado en el Instructivo referido se entiende parte integrante de la presente resolución. f. Modifíquese el Capítulo Especificaciones Generales, de la Pauta de Evaluación "Pauta de evaluación para la habilitación de proveedores de Dispositivos de Identificación Individual Oficial" (Traza/PE1), por nuevos textos que incorporado en la Pauta referida se entiende parte integrante de la presente resolución.
2.- Déjase constancia que los nuevos documentos que respaldan el Programa Oficial de Trazabilidad Sanitaria de Bovinos, con las modificaciones de la presente resolución, se encuentran disponibles en la página web del Servicio Agrícola y Ganadero, www.trazabilidad.sag.gob.cl