MODIFICA RESOLUCION Nº 533, DE 1997, INCORPORANDO NUEVA AREA A LA ASISTENCIA TECNICA
Santiago, 10 de agosto de 2005.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 469.- Visto: La resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, que Fija Procedimiento para Prestación de Servicios de Asistencia Técnica a Programas de Vivienda que indica, y las facultades que me confieren el artículo 2º número 6 y 21 inciso cuarto de la ley Nº 16.391, dicto la siguiente
Resolución:
Artículo único: Modifícase el número 6 del artículo primero de la resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, en el sentido de intercalar a continuación del punto 6.7 el siguiente punto 6.8, pasando los actuales puntos 6.8 y 6.9 a ser 6.9 y 6.10, respectivamente:
"6.8.- El Plan de Habilitación Social: que tiene como objetivo el diseño y la ejecución de un programa de trabajo que incluya como mínimo, áreas de autodiagnóstico comunitario, desarrollo de iniciativas para la organización vecinal, implementación de planes para el buen uso de la vivienda y para la mantención y mejoramiento del hábitat y su entorno, la capacitación a los beneficiarios y la identificación de posibles recursos externos y redes locales de apoyo, en cada caso de acuerdo con las modalidades que establezca el correspondiente Programa Habitacional.".
Por razones de urgencia la Contraloría General de la República se servirá tomar razón de la presente resolución en el plazo de cinco días.