Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 875 de 10.08.2005, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2004, al Colegio Luterano "Concordia", RUT Nº 81.826.300-7, con domicilio en Calle Pissis Nº 615, Playa Ancha, comuna de Valparaíso, V Región, una concesión de Radiodifusión Sonora en Mínima Cobertura, para la comuna de Valparaíso, V Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia Máxima : 1,0 Watts. - Frecuencia : 105,5 MHz. - Sistema radiante : Direccional con polarización Vertical, 1 antena Yagi de 2 elementos, de 5,0 dBd de ganancia máxima, y una altura del centro de radiación de 6 m. - Pérdidas en cables, conectores y otros : 10,4 dB (Incluye atenuador de 9,0 dB). - Ubicación del Estudio : Calle Pissis Nº 615, Playa Ancha, Valparaíso, V Región. - Coordenadas geográficas : 33°01'55" Latitud Sur 71°38'20" Longitud Oeste. - Ubicación de la Planta Transmisora y Sistema Radiante : Calle Urrutia Nº 660, Cerro Larraín, Valparaíso, V Región. - Coordenadas geográficas : 33°02'35" Latitud Sur 71°35'45" Longitud Oeste.
El radioenlace estudio-planta será de 5,0 Watts de potencia máxima, con una atena de 10 dBd de ganancia máxima.
Los plazos serán los que se indican a continuación:
Inicio de Obras: 5 días; Término de Obras: 30 días; Inicio de Servicio: 60 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión. La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A y 13B de la ley Nº 18.168 Ley General de Telecomunicaciones, a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 875 de 10.08.2005, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de (5) días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan, y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.