MODIFICA DECRETO Nº 464, DE 1994, QUE ESTABLECE ZONIFICACION VITICOLA Y FIJA NORMAS PARA SU UTILIZACION
Santiago, 11 de julio de 2005.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 55.- Visto: Lo dispuesto en el art. 27 de la ley Nº18.455, que fija normas sobre producción, elaboración y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas y vinagres; en el art. 55 del decreto Nº 78, de 1986, del Ministerio de Agricultura, que reglamenta dicha ley; en el decreto Nº 464, de 1994, del mismo origen, que establece zonificación vitícola y fija normas para su utilización y en el artículo 32º Nº 8 de la Constitución Política de la República,
Decreto:
Artículo único: Modifica el inciso primero del artículo 8º del decreto supremo Nº 464, de 1994, del Ministerio de Agricultura, que establece zonificación vitícola y fija normas para su utilización, en el sentido de suprimir el punto final existente al término de dicho inciso y agregar, a continuación de la voz "decreto", la siguiente expresión: "y el envasado se haya efectuado en Chile.".