COMUNICA CONFORMACION DEL CONSEJO CONSULTIVO A QUE SE REFIERE LA LEY Nº 19.966
Núm. 593 exenta.- Santiago, 6 de octubre de 2005.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 20º y siguientes de la ley 19.966; en el párrafo 1º y en el artículo transitorio del decreto supremo Nº 69, de Salud, de 14 de marzo de 2005; en los artículos 4º, 4º bis y 6º del decreto ley Nº 2.763, de 1979; en el DFL Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575; en el artículo 25 del decreto supremo Nº 136 de 2004, de Salud, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud, y en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones, y
Considerando:
1º.- Que, el proceso de elección de los consejeros por parte de las Facultades de Medicina, de Economía o Administración y de Química y Farmacia de las Universidades reconocidas oficialmente en Chile, que tenían derecho a participar conforme lo dispone la ley Nº 19.966, finalizó el día 2 de septiembre de 2005. 2º.- Que, adicionalmente la Academia Chilena de Medicina ha transmitido a este Ministerio el nombre de su representante en el citado Consejo. 3º.- Que, finalmente, S.E. el Presidente de la República ha procedido a designar a los tres miembros del Consejo Consultivo de la ley Nº 19.966, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21 de esa ley, lo que ha comunicado a este Ministerio. 4º.- Que, por lo expuesto vengo en dictar la siguiente:
Resolución:
1º.- Téngase por finalizado el proceso de elección y designación de los consejeros integrantes del Consejo consultivo, que se debe pronunciar sobre la propuesta de Garantías Explícitas en Salud, elaborada por los Ministerios de Salud y de Hacienda, conforme a lo dispuesto en los artículos 20º y siguientes de la ley Nº 19.966, y en el decreto supremo Nº 69 del Ministerio de Salud, de 14 de marzo de 2005. 2º.- Establécese la siguiente conformación del Consejo Consultivo antes indicado:
1. Don Mario Herrera Moore, designado como representante de la Academia Chilena de Medicina. 2. Don Octavio Enríquez Lorca, elegido en representación de las Facultades de Medicina de las Universidades reconocidas oficialmente en Chile. 3. Don Gonzalo Grebe Barros, elegido en representación de las Facultades de Medicina de las Universidades reconocidas oficialmente en Chile. 4. Doña Inés Ruiz Alvarez, elegida en representación de las Facultades de Química y Farmacia de las Universidades reconocidas oficialmente en Chile. 5. Don Vito Sciaraffia Merino, elegido en representación de las Facultades de Economía o Administración de las Universidades reconocidas oficialmente en Chile. 6. Don Miguel Bustamante Ubilla, elegido en representación de las Facultades de Economía o Administración de las Universidades reconocidas oficialmente en Chile. 7. Don Luis Antonio Infante Barros, designado por S.E. el Presidente de la República. 8. Don Benjamín Stockins Fernández, designado por S.E. el Presidente de la República. 9. Doña Cecilia Sepúlveda Carvajal, designada por S.E. el Presidente de la República.
Los consejeros antes individualizados no percibirán remuneración alguna por su desempeño, durarán tres años en sus cargos, y su elección o designación podrá renovarse, por una sola vez.
3º.- Déjase establecido que el citado Consejo Consultivo deberá constituirse el día 17 de octubre de 2005 a las 12:00 horas, en el Salón Azul del Ministerio de Salud, ubicado en Mac Iver 541, tercer piso. 4º.- Procédase a notificar del contenido de esta resolución a los integrantes del Consejo Consultivo y a todas las facultades correspondientes, sea que hayan participado o no en el proceso de elección, conforme lo prescribe el artículo transitorio del decreto supremo Nº 69, de 2005, del Ministerio de Salud. 5º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional.