Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 1.156, de 05.10.2005, que se extracta, a la sociedad Mar Pacífico Telecomunicaciones Limitada, RUT Nº 76.220.310-3, con domicilio en calle Lorenzo Coronado Nº 956, Cerro Merced, comuna de Valparaíso, V Región, una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Illapel, IV Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia máxima : 1.000 Watts. - Frecuencia : 97,1 MHz. - Sistema radiante : Direccional con polarización vertical, arreglo de 2 antenas Log-Periódicas, con un tilt eléctrico de 1,2 bajo la horizontal, de 5,95 dBd de ganancia máxima y 5,84 dBd de ganancia en el plano horizontal, y una altura del centro de radiación de 22 m. - Pérdidas en cables, conectores y otras : 0,58 dB.
- Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a las siguientes tablas:
Radiales principales 0° 45° 90° 135° 180° 225° 270° 315° Pérdida por lóbulo (dB) 0,25 2,84 1,27 4,43 16,52 19,79 15,06 4,67
- Ubicación del Estudio Planta, Transmisora y Sistema Radiante : Cerro Tres Puntas, comuna de Illapel, IV Región. - Coordenadas geográficas : 31°39'07" Latitud Sur 71°08'58" Longitud Oeste.
Los plazos serán los que se indican a continuación:
Inicio de obras: 15 días; Término de obras: 30 días; Inicio de servicio: 60 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión.
La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A de la ley Nº 18.168 (Ley General de Telecomunicaciones), a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 1.156, de 05.10.2005, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de (10) días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación se deberá presentar por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.