Ley Reclutas y Reemplazos del Ejército y Armada.- Deroga inciso a) N.° 2 del artículo 67, del decreto-ley número 678
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
"Artículo único.- Derógase la disposición contenida en el inciso a) del número 2 del artículo 67 del decreto-ley número 678, sobre Reclutas y Reemplazos del Ejército y Armada".