MODIFICA RESOLUCION Nº 279 EXENTA, DE 1984
Santiago, 21 de diciembre de 2005.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue: Núm. 1.593 exenta.- Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones; b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones; c) La resolución exenta Nº 229 de 1984, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la norma técnica relativa a canalización y niveles máximos de radiación en el servicio limitado de televisión por cable; d) La resolución exenta Nº 279 de 1984, modificada por la resolución exenta Nº 1.652 de 2004, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija norma de las características técnicas de los sistemas de televisión por cable; e) La resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República, y
Considerando: Que es necesario actualizar la normativa relativa al servicio limitado de televisión por cable, basada en sistema de cable coaxial, con objeto de permitir la introducción de sistemas que emplean otros medios físicos, y en uso de mis atribuciones,
Resuelvo:
Modifícase la resolución exenta Nº 279 de 1984, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aprueba norma de las características técnicas de los sistemas de televisión por cable, en el siguiente sentido:
1. Elimínase el punto 3.5. 2. Reemplázase en el punto 3.6 donde dice "apéndice 2" por "apéndice 1". 3. Reemplázase en el punto 3.9 donde dice "35" por "30". 4. Reemplázase en el punto 6. sección final, donde dice: "6.2" por "6.3" e introdúcese el siguiente nuevo punto 6.2:
"6.2 El servicio limitado de televisión por cable podrá ser provisto mediante cualquier tecnología sobre medios físicos. La Subsecretaría de Telecomunicaciones podrá autorizar el uso de parámetros técnicos o condiciones de operación no contenidas en la presente norma cuando se empleen medios físicos distintos al cable coaxial. En tal caso, las peticionarias interesadas en prestar dichos servicios deberán suministrar, en el respectivo proyecto técnico que acompañe a la solicitud de permiso, todos los antecedentes necesarios que permitan caracterizar la tecnología y estudiar el sistema propuesto."
5. Elimínase el Apéndice 2. 6. Derógase la resolución exenta Nº 229 de 1984, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.