MODIFICA DECRETO Nº 181, DE 2004
Núm. 76.- Santiago, 9 de diciembre de 2005.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 1º, 2º, 26, 28, 49, 51 y 56 inciso segundo de la ley Nº 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en los artículos 2º, 3º, 4º y 11 de su Reglamento General aprobado por decreto Nº 2.296 de 1995, del Ministerio de Salud; en el decreto Nº 181, de 2004, del mismo Ministerio; en los artículos 1º y 29 de la ley Nº 20.079, y
Considerando:
- Que la ley Nº 20.079 concedió un aumento de remuneraciones a contar del 1º de diciembre de 2005. - Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29º de la ley Nº 20.079, el Ministerio de Hacienda ha puesto a disposición del Ministerio de Salud, para su transferencia a las municipalidades, las sumas correspondientes al mayor gasto que representa dicho aumento de remuneraciones en el sector de atención primaria de salud. - Los mayores recursos existentes para efectuar el aporte estatal a las entidades administradoras de salud municipal,
Decreto:
Modifícase el decreto Nº 181 de 2004, del Ministerio de Salud, que determina el aporte estatal para las entidades administradoras de salud municipal por el período comprendido entre los meses de enero a diciembre de 2005, en la siguiente forma:
1º.- Sustitúyese en su artículo 1º la cifra "de $181.431.414.774 (ciento ochenta y un mil cuatrocientos treinta y un millones, cuatrocientos catorce mil, setecientos setenta y cuatro pesos)." por la siguiente: "$182.042.787.826 (ciento ochenta y dos mil cuarenta y dos millones, setecientos ochenta y siete mil, ochocientos veintiséis pesos)".
2º.- Reemplázase en la letra a) de su artículo 2º la cifra "$1.366 (mil trescientos sesenta y seis pesos)" por la siguiente "$1.421 (mil cuatrocientos veinte y un pesos)".