DESIGNA ADMINISTRADORA PROVISIONAL DEL INSTITUTO POLIVALENTE SAN MIGUEL, DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 11 DE DECRETO Nº 8.143, DE 1980
Núm. 4.640 exenta.- Santiago, 1 de junio de 2006.- Considerando:
Que, mediante resolución exenta Nº 4.201, de fecha 11 de mayo de 2006 de la Subsecretaria de Educación, se declara la pérdida de la calidad de sostenedora de doña Lily Amelia Bonilla Superbi del establecimiento educacional denominado Instituto Polivalente San Miguel de la comuna de San Miguel. Que, con fecha 11 de mayo de 2006, se notificó personalmente a la sostenedora respecto de la resolución exenta Nº 4.201, de la Subsecretaria de Educación. Que, con el fin de asegurar la continuidad del servicio educacional, es indispensable designar un administrador provisional; Que, esta medida permitirá el normal desarrollo de las actividades escolares en el establecimiento, facilitando que los alumnos continúen sus estudios en forma normal;
Visto: Lo dispuesto en el artículo 11 del decreto supremo de Educación Nº 8.143, de 1980, modificado por los decretos supremos de Educación Nºs. 631, de 1985, 441 de 1991 y 848 de 1993; el artículo 6º del decreto supremo Nº 8.144, de 1980, y la resolución Nº 520 de la Contraloría General de la República, de 1996, y sus modificaciones,
Resuelvo: