MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 1.584, DE 1934, DEL EX MINISTERIO DE FOMENTO, EN LA FORMA QUE INDICA Núm. 209.- Santiago, 27 de Abril de 1979.- Visto: estos antecedentes, lo informado por el Servicio Nacional de Pesca en su oficio Nº 59, de 28 de Marzo de 1979; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 34, de 1931; en el decreto supremo Nº 1.584, de 1934, del ex Ministerio de Fomento, y sus respectivas modificaciones posteriores, y en el decreto ley número 2.442, de 1978, y
Considerando: que es deber del Estado velar por la conservación de las especies útiles de la fauna marina, y que del informe técnico evacuado por el Servicio Nacional de Pesca se desprende que hay necesidad inmediata de reglamentar la extracción, comercialización y transporte del crustáceo langosta en la Isla de Pascua.
Decreto: