OTORGA AUTORIZACION ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 7º DEL DECRETO LEY Nº 1.939, DE 1977, Y SUS MODIFICACIONES Santiago, 6 de julio de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 729.- Visto: Lo informado por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado en sus oficios reservados R.R.E.E. (DIFROL) Nºs. F- 0044, de 25 de abril de 2006 y F-0078, de 30 de junio de 2006, y lo informado por el Estado Mayor de la Defensa Nacional en su oficio Res. Nº 6.800/4463, de 22 de junio de 2006; y lo dispuesto por el artículo 32 Nº 6, de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 7º del decreto ley Nº 1.939, de 1977, y sus modificaciones, que regula la adquisición de derechos sobre inmuebles situados en zonas fronterizas; en el Reglamento para aplicación de dicho artículo, contenido en el decreto supremo Nº 232, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, modificado por el decreto supremo Nº 1.583, de 1994, del mismo Ministerio; en el DFL Nº 4, de 1967, de Relaciones Exteriores; la solicitud planteada por la ciudadana argentina a S.E. la señora Presidenta de la República, mediante la cual solicita autorización para adquirir mediante compra el dominio de un terreno ubicado en calle Los Litres 11601, Lote Nº 6, Subdivisión del Lote A, Parcela Nº 2, Localidad El Manzano, comuna San José de Maipo, Provincia Cordillera, Región Metropolitana, de una superficie de 5.046 metros cuadrados de superficie, cuyos deslindes son: Norte: Con resto Lote A de la Parcela Nº 2 y en 16 metros con resto Lote A de la Parcela Nº 2, camino interior de por medio; Sur: En 49 metros con Lote Nº 8; Oriente: En 90 metros con resto Lote A; y Poniente: En 87 metros con Lote Nº 5, inscrito a fojas 2.495 número 3.052 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, del año 1984, y considerando que la operación referida es plenamente compatible con el interés nacional y desarrollo de la Región,
Decreto: