AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO EN LOS TERMINOS QUE SEÑALA Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO Nº 623, DE 1997 Santiago, 23 de agosto de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 1.532 exento.- Visto: El oficio Nº 2.584 de 17 de agosto de 2006, del Sr. Director del Servicio Electoral; lo dispuesto en el artículo 1º del decreto ley Nº 799, de 1974 y sus modificaciones; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y en la resolución Nº 520, de 1996, que fijó el texto refundido de la resolución Nº 55, de 1992 y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, y Considerando: Que por la naturaleza de las funciones propias del Servicio Electoral y la necesidad de efectuar labores de fiscalización, se adquirió un vehículo que cumpla esas funciones para la Dirección Regional de Puerto Montt, las que deben realizarse también en días y horas inhábiles,
Decreto:
Artículo primero: Autorízase la circulación en días sábados en la tarde, domingos y festivos al vehículo propiedad del Servicio Electoral que a continuación se individualiza, de acuerdo a lo señalado en el artículo 1º del DL 799, de 1974.
Vehículo : Camioneta Marca : Mitsubishi Modelo : L-200 2.5 Mec D/C 4X4 Diesel Color : Blanco Fairy Año : 2006 Nº Motor : 4D56CE6534 Nº Chassis : MMBJNK7406F016927 I.R.N.V.M. : ZX-2827-9 Placa Unica : ZX-2827-9