REGLAMENTA LA EJECUCION DE LOS RECURSOS ASIGNADOS AL PROGRAMA PARA LA EDUCACION ESPECIAL DIFERENCIAL ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 9º DEL DECRETO Nº 8.144 DE 1980 Y SUS MODIFICACIONES Y EL DECRETO Nº 1 DE 1998 Y SUS MODIFICACIONES
Núm. 161.- Santiago, 11 de mayo de 2006.
Considerando:
Que, la ley Nº 20.083 de Presupuestos del Sector Público para el año 2006 consigna recursos financieros destinados a financiar las acciones de operación y desarrollo del Programa de Educación Especial Diferencial;
Que, la citada ley señala que la forma de implementación y ejecución de este Programa se establecerá en un decreto del Ministerio de Educación con la visación del Ministerio de Hacienda por lo que mediante la dictación del presente decreto se viene en dar cumplimiento a dicho mandato legal, y
Visto: Lo dispuesto en los artículos 1º, 2º y 4º de la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; la ley Nº 20.083 de Presupuestos para el Sector Público para el año 2006; el decreto supremo Nº 8.144 de 1980 del Ministerio de Educación; el decreto supremo Nº 1 de 1998 del Ministerio de Educación; la ley Nº 19.284 de 1994; lo prescrito en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; y la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones, Decreto:
Articulo 1
Articulo 2
Articulo 3
Articulo 4
Artículo 4º: La ejecución del Programa regulado en el presente reglamento podrá comprender, entre otras, la realización de las siguientes actividades:
a) Contratar estudios sobre la implementación, el desarrollo y los resultados de la educación especial y sobre las necesidades educativas especiales y discapacidad;
b) Realizar jornadas, talleres, encuentros, seminarios y cursos vinculados a las necesidades educativas especiales y a la ejecución, desarrollo y evaluación del Programa Educación Especial;
c) Brindar capacitación a directivos, docentes, padres, apoderados y sostenedores y/o asociaciones de personas de y para discapacitados, para avanzar en el cambio cultural de aceptación y valorización de la diversidad y de las necesidades educativas especiales;
d) Elaborar, diseñar e imprimir materiales educativos y didácticos para el aprendizaje de los alumnos con necesidades educativas especiales que permitan apoyar el proceso de implementación curricular y de integración escolar;
e) Adquirir, distribuir, transportar, guardar y embalar materiales destinados a los establecimientos educacionales que atienden niños, niñas y jóvenes con necesidades educacionales especiales;
f) Adquirir material de aprendizaje para el apoyo de los alumnos y docentes que trabajan en el ámbito de las necesidades educativas especiales;
g) Difundir, informar y sensibilizar a la comunidad escolar y a la sociedad en general sobre la Política de Educación Especial y de la oferta educativa para niñas, niños y jóvenes con necesidades educativas especiales;
h) Contratar especialistas y asesores técnicos para apoyar el proceso de enseñanza y aprendizaje de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales y discapacidad;
i) Realizar encuentros y actividades con representantes de asociaciones de personas de y para discapacitados y con Programas de Organismos Internacionales respecto del diseño, ejecución y evaluación del Programa de Educación Especial; y
j) Realizar y coordinar jornadas nacionales e internacionales respecto del diseño, ejecución y evaluación del Programa de Educación Especial.