MODIFICA EL DECRETO Nº 343, DE 1966
Santiago, 6 de Diciembre de 1966.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 453.- Visto el oficio N.o 24.499, de 14 de Noviembre de 1966, del Servicio Nacional de Salud, y demás antecedentes adjuntos; lo dispuesto en el artículo 11.o de la ley N.o 15.076 modificado por el N.o 8 del artículo 29.o de la ley N.o 16.464, lo prescrito en el artículo 2.o del DFL. N.o 68, de 1960, de conformidad a lo establecido en los artículos 27.o y 28.o del Reglamento de la ley N.o 15.076, y en uso de la facultad que me confiere el N.o 2 del artículo 72.o de la Constitución Política del Estado,
Decreto:
Modifícase el N.o 3.o del decreto supremo N.o 343, de 27 de Septiembre de 1966, de este Ministerio (en tramitación), que aprueba para los profesionales funcionarios del Servicio Nacional de Salud las asignaciones de estímulo por trabajos en sectores apartados y rurales, en los siguientes términos:
a) Substituyese los porcentajes de un 20% asignados a los establecimientos de las localidades de Curanilahue, Lebu, Cañete, Arauco, Lota y Coronel, por un 30%, y
b) Agrégase a continuación de la localidad de "Arauco", lo siguiente:
"Demás localidades de la provincia de Arauco 30%.".
El gasto que signifique el presente decreto se imputará al ítem 03) "Sobresueldos" del Presupuesto vigente del Servicio Nacional de Salud.