MODIFICA DECRETO Nº 100, DE 1993
Núm. 340.- Santiago, 15 de diciembre de 2005.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el DFL Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley Nº 19.880; los DS Nº 455 y Nº 677, ambos de 1992, Nº 100 de 1993, Nº 201 de 1998, Nº 177 y Nº 178, ambos de 2003, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República; el DS Nº 19 del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el acta de las sesiones ordinarias Nº 5 de fecha 5 de abril de 1993 y Nº 131, de fecha 5 de septiembre del 2005, del Consejo de Investigación Pesquera.
Considerando:
Que, es un deber del Estado adoptar las medidas necesarias a fin de lograr una efectiva protección y un aprovechamiento integral de los recursos hidrobiológicos. Que la ley Nº 19.886 ha establecido las bases generales de los procedimientos de contratación de prestación de servicios y de suministros a que deben someterse los órganos de la Administración del Estado. Que, asimismo, se ha constatado que es posible mejorar la gestión y el procedimiento de los llamados a concurso público de proyectos financiados por el Fondo de Investigación Pesquera, a través de incorporar nuevos instrumentos y modalidades de trabajo. Que, en el acta Nº 131 del Consejo de Investigación Pesquera, de fecha 5 de septiembre del 2005, se aprobó la modificación de las Bases Administrativas de los Concursos Públicos de Proyectos Financiados por el Fondo de Investigación Pesquera.
Decreto: