Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 1.329 de 24.10.2006, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2006, a la sociedad Desarrollos Electrónicos Dofox Limitada, RUT Nº 77.332.300-3, con domicilio en Avda. Eduardo Castillo Velasco Nº 1295, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Caldera, III Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia máxima : 250 Watts. - Frecuencia : 107,9 MHz. - Sistema radiante : Direccional con polarización Vertical, arreglo de 8 antenas Yagi de 2 elementos, de 14,0 dBd de ganancia máxima, y una altura del centro de radiación de 27 m. - Pérdidas en cables, conectores y otras : 1,4 dB. - Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla:
Radiales principales 0° 45° 90° 135º 180º 225º 270º 315º Pérdida por lóbulo (dB) 11,9 5,55 1,30 0,00 1,30 5,55 11,9 13,43
- Ubicación del Estudio Principal, Planta Tansmisora y Sistema Radiante : Cerro Panagra s/nº, comuna de Caldera, III Región. - Coordenadas geográficas : 27º03'54" Latitud Sur 70°50'00" Longitud Oeste. Datum: Provisorio Sudamericano 1956.
Los plazos serán los que se indican a continuación:
Inicio de Obras: 15 días; Término de Obras: 30 días; Inicio de Servicio: 60 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión. La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A de la ley Nº 18.168 (Ley General de Telecomunicaciones), a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 1.329 de 24.10.2006, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de (10) días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.