PRORROGA Y MODIFICA RESOLUCION Nº 124 EXENTA, DE 2006 Núm. 2 exenta.- Concepción, 8 de enero de 2007.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República de Chile; la Ley N° 18.059; los artículos 113º y 118º de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; el Decreto Supremo Nº 255 del año 1981 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; las Resoluci�nes Nº 59 de 1985 y Nº 39 de 1992 todas del Ministerio antes señalado, y la Resolución Exenta Nº 124 de 07 de junio de 2006, de esta misma Secretaría Regional Ministerial; la Minuta de Evaluación de la Reducción de Frecuencia del Transporte Público en Concepción de 08 de enero de 2007, elaborada por SECTRA AREA SUR.
Considerando:
1º Que efectuadas las evaluaciones técnicas y estudio del Plan Piloto de restricción vehicular establecido por la Resolución Exenta Nº 124/06 de esta Secretaría Regional Ministerial, se concluye que dicha medida logró los resultados favorables esperados y que la aplicación de la misma no generó un impacto importante a los usuarios del sistema. 2° Que según la minuta de Evaluación de la Reducción de Frecuencia del Transporte Público en Concepción citada en el Visto, Sectra ha realizado varias evaluaciones sobre la medida de restricción aplicada en Concepción todas las cuales le han permitido concluir que, en general, es conveniente aplicar la restricción al transporte público, ya que la capacidad ofrecida por los operadores es mayor a la demanda, por lo que una restricción a ella no afecta en forma significativa los niveles de servicios que perciben los usuarios. 3º Que de la citada evaluación se sugiere que, de continuarse con la restricción al transporte público, ésta debiera extenderse hasta fines de abril, con el objeto de posibilitar el desarrollo de nuevos análisis. 4º Que debido a lo anterior, resulta aconsejable nuevamente prorrogar la vigencia de la Resolución Exenta Nº 124 de 2006, de esta Secretaría Regional Ministerial.
Resuelvo :
1º Prorróguese la vigencia de la Resolución Exenta Nº 124 de 2006 de esta Secretaría Regional Ministerial, a partir del 10 de Enero de 2007 y hasta el 23 de Abril de 2007, ambas inclusive.
2º Modifíquese el calendario de restricción vehicular establecido en el numeral 1º de la Resolución Exenta precedentemente citada, por el siguiente:
CALENDARIO RESTRICCION TAXIS COLECTIVOS
PERIODO ULTIMOS DIGITOS PLACA PATENTE LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES
10 al 12 de Enero - - - - 7 8 3 4 1 2 15 al 19 de Enero 5 6 7 8 9 0 1 2 3 4 22 al 26 de Enero 7 8 9 0 1 2 3 4 5 6 29 de Enero al 02 de Febrero 9 0 1 2 3 4 5 6 7 8 05 al 09 de Febrero 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0 12 al 16 de Febrero 3 4 5 6 7 8 9 0 1 2 19 al 23 de Febrero 5 6 7 8 9 0 1 2 3 4 26 de Febrero al 02 de Marzo 7 8 9 0 1 2 3 4 5 6 05 al 09 de Marzo 9 0 1 2 3 4 5 6 7 8 12 al 16 de Marzo 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0 19 al 23 de Marzo 3 4 5 6 7 8 9 0 1 2 26 al 30 de Marzo 5 6 7 8 9 0 1 2 3 4 02 al 06 de Abril 7 8 9 0 1 2 3 4 FERIADO 09 al 13 de Abril 9 0 1 2 3 4 5 6 7 8 16 al 20 de Abril 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0 23 de Abril 5 6
3º La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. En todo lo demás se mantiene vigente la Resolución Exenta Nº 124 de 2006, de esta Secretaría Regional Ministerial.