PRORROGA VIGENCIA DEL DECRETO Nº 313, DE 1997 Núm. 197.- Santiago, 18 de mayo de 2006.- Vistos: El artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política del Estado; la ley 20.083 sobre presupuesto del sector público para el año 2006; lo dispuesto en los artículos 32, 35, 36 y 37 del DFL 33 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos Nºs 668 de 1995, 1.912 de 1996, 313 de 1997, 427 y 2.227 de 1998, 395 de 2000, 419, 586 de 2001, 342 de 2002, 3 de 2004 y 1 de 2005, todos de esta Secretaría de Estado y la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República.
Considerando: La necesidad de hacer operativo para el año 2006 el factor de escolaridad a que alude la glosa Nº 3 letra g) del Presupuesto de Gastos para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado. Que en su oportunidad esta Cancillería dictó el decreto Nº 4 de 2006, el que por el cambio de las autoridades no alcanzó a ser firmado por el Ministro de Hacienda y el Presidente de la República.
Decreto: