LEY NUM. 20.164
POSPONE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LAS LEYES Nº 20.022 Y Nº 20.087
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Articulo 1
Artículo 1°.- Sustitúyese en el artículo 16 de la ley N° 20.022, el guarismo "2007" por "2008".
Articulo 2
Artículo 2°.- Sustitúyese en el artículo 1° transitorio de la ley N° 20.087, el guarismo "2007" por "2008".