AGREGA ARTICULO TRANSITORIO AL DECRETO Nº 859, DE 1974 Núm. 61.- Santiago, 25 de Enero de 1977.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes Nº 1, de 1973, y Nº 527, de 1974,
Decreto:
Artículo único.- Agrégase al decreto supremo número 859, de 1974, de Hacienda, el siguiente artículo transitorio:
"Artículo transitorio.- Renuévase, hasta el 31 de Diciembre de 1977, la autorización concedida a las Universidades chilenas, en el artículo 1º transitorio agregado al decreto de Hacienda Nº 859, por el decreto de Hacienda Nº 1.919, ambos de 1974, y prorrogada por los decretos Nº 640, de 1975, y Nº 94, de 1976, ambos del mismo Ministerio".