Por decreto exento Nº 438, de fecha 2 de febrero de 2007, del Ministerio de Educación, se amplía el artículo 1º del decreto exento de Educación Nº 135, del 5 de abril de 2001, que reconoció oficialmente al Centro de Formación Técnica Soeduc Aconcagua, en el sentido de autorizar el funcionamiento de la Sede Nº 3 que los organizadores mantienen en calle Ortiz de Rozas Nº 988 de la ciudad de La Ligua. En dicha Sede podrán impartir las siguientes carreras y otorgar los títulos técnicos de nivel superior que se mencionan, conforme a los planes y programas de estudios antes aprobados para la institución, a contar del año 2007:
Carrera : Secretariado Ejecutivo con mención Computación. Título : Secretariado(a) Ejecutivo(a) con mención computación. (Decreto exento Nº 217, del 07.05.01 del ex. C.F.T. Soeduc La Ligua).
Carrera : Programación de Aplicaciones mención Administrativo Contable. Título : Técnico Programador de Aplicaciones mención Administrativo Contable. (Decreto exento Nº 217, del 07.05.01 del ex. C.F.T. Soeduc La Ligua).
Carrera : Contabilidad General mención Técnico en Auditoría Computacional. Título : Contador General mención Técnico en Auditoría Computacional. (Decreto exento Nº 135, del 05.04.01 del ex. C.F.T. Soeduc Aconcagua).
Carrera : Gestión Empresarial. Título : Técnico de Nivel Superior en Gestión Empresarial. (Decreto exento Nº 423, del 11.06.03 del ex. C.F.T. Soeduc La Ligua).
Carrera : Técnico en Computación e Informática. Título : Técnico de Nivel Superior en Computación e Informática. (Decreto exento Nº 307, del 17.04.02 del C.F.T. Soeduc Aconcagua).
Carrera : Secretariado Ejecutivo Bilingüe Computacional. Título : Secretariado(a) Ejecutivo(a) Bilingüe Computacional. (Decreto exento Nº 1.039, del 29.11.04 del C.F.T. Soeduc Aconcagua).
Carrera : Técnico Jurídico. Título : Técnico Jurídico. (Decreto exento Nº 1.039, del 29.11.04 del C.F.T. Soeduc Aconcagua).
Carrera : Diseño Gráfico. Título : Técnico de Nivel Superior en Diseño Gráfico. (Decreto exento Nº 1.039, del 29.11.04 del C.F.T. Soeduc Aconcagua).
Atendida la necesidad de cautelar el término de las actividades académicas de los alumnos del ex Centro de Formación Técnica Soeduc La Ligua, lo dispuesto precedentemente regirá para los efectos de continuidad de estudios de los alumnos de las carreras citadas, provenientes del ex-Centro de Formación Técnica Soeduc La Ligua, de La Ligua. La Sede Nº 3 de La Ligua que se reconoce oficialmente mediante este decreto, pasará a formar parte del proyecto institucional del Centro de Formación Técnica Soeduc Aconcagua, correspondiendo al Ministerio de Educación la verificación de su desarrollo.