RESOLUCION Nº 1.883 - 16.04.07
I.- Modifíquese como se indica el Compendio de Normas Aduaneras:
1.- CAPITULO III Sustitúyase el texto del numeral 2.7 por el siguiente: "El encargado del recinto de depósito aduanero deberá presentar el documento denominado "Informe de Faltas y Sobras", el que contendrá una relación de los bultos recibidos en exceso o en defecto con indicación del tipo de bultos, marcas, peso, número del conocimiento de embarque y manifiesto a que pertenece, clase de mercancías que contenga, de acuerdo a los antecedentes documentales de que disponga, y la fecha del término de la descarga". 2.- Elimínese el Anexo N° 5 del Compendio de Normas Aduaneras.