MODIFICA RESOLUCION Nº 1.027 EXENTA, DE 2003 Núm. 1.149 exenta.- Santiago, 26 de junio de 2007.- Vistos: La ley 19.040, lo dispuesto en el artículo 3º del decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 1.027, de 23 de diciembre de 2003, modificada por las resoluciones exentas Nºs 5.210, de 22 de diciembre de 2005 y 2.502, de 27 de diciembre de 2006, todas de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana; la resolución exenta Nº 131, de 24 de enero de 2005, del mismo origen; el Ord. Nº 2.242, de 18 de junio de 2007, del citado Ministerio y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, resulta necesario extender el plazo de vigencia del certificado de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros de la Región Metropolitana, de las modalidades de servicios no licitados, actualmente fijado en 42 meses, para así efectuar un eficiente proceso de renovación a fines del presente año. 2.- Que, para tal efecto el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mediante Ord. Nº 2.242, citado en el Visto, ha autorizado a esta Secretaría Regional a extender dicho plazo a 48 meses.
Resuelvo: