DEJA SIN EFECTO RESOLUCION Nº 60, DE 2006, Y PROMULGA "PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CHILLAN-CHILLAN VIEJO" Núm. 14.- Concepción, 11 de enero de 2007.- Considerando:
1) Resolución Nº 60 de 30/06/2006 de Gobierno Regional Región del Bío Bío que promulga el Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo. 2) Oficio Nº 4.210 de 08/08/2006 de Contraloría General de la República, que devolvió con observaciones y sin tramitar la resolución Nº 60 antes señalada. 3) Ord Nº 1.771 de 26/09/2006 de Jefe División Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional que solicita al Dpto. Desarrollo Urbano de la Seremi Minvu subsanar las observaciones formuladas por Contraloría General. 4) Ord. Nº 1.891 de 17/10/2006 de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, que remite expediente corregido respecto de las observaciones de Contraloría General. 5) Ord. Nº 401 de 10 de marzo de 2006, del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, dirigido al señor Intendente Regional, mediante el cual se remiten los antecedentes del "Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo" y se solicita su aprobación por el Consejo de Gobierno Regional. 6) Ord. Nº 486 de 21 de marzo de 2006, de la señora Intendenta Regional, solicitando su estudio y aprobación por parte del Consejo de Gobierno Regional. 7) Ord. Nº 2.201 de fecha 12 de octubre de 2005 del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, dirigido a los señores alcaldes de San Nicolás, San Carlos, Coihueco, Pinto, San Ignacio, Bulnes, Quillón, Ránquil y Portezuelo, donde se envía el Plan Regulador Intercomunal para su conocimiento e informe según art. 2.1.9 de la OGUC. 8) Ord. Nº 2.207 y 2.208, ambos de fecha 13 de octubre de 2005, del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, dirigido a los señores alcaldes de Chillán Viejo y Chillán, respectivamente, donde se envía el Plan Regulador Intercomunal para su conocimiento e informe según el art. 2.1.9 de la OGUC. 9) Ord. Nº 1.155 de 23 de noviembre de 2005, respuesta del señor Alcalde de Portezuelo. 10) Ord. Nº 3.710 de 20 de diciembre de 2005, respuesta del señor Alcalde de Chillán, donde envía informe solicitado. 11) Ord. Nº 12 de 4 de enero de 2006, respuesta del Seremi Minvu a Alcalde de Chillán sobre acuerdos de observaciones PRICH. 12) Ord. Nº 2.210 de 13 de octubre de 2005 del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, dirigido a Director Regional de Conama donde se ingresa la DIA del PRICH a evaluación ambiental. 13) Resolución exenta Nº 74 de fecha 10 de marzo de 2006 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bío Bío, que califica favorablemente el PRICH. 14) Memoria explicativa del Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo, elaborada por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío Bío. 15) Ordenanza del Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo, elaborada por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío Bío. 16) Planos PRICH-01 "Zonificación" y PRICH-02 "Vialidad Estructurante" de fecha marzo de 2006, confeccionados a escala 1:35.000 por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío Bío. 17) Certificado Nº 1.971/o10 de fecha 29 de mayo de 2006 extendido por el Ministro de Fe del Consejo de Gobierno Regional, mediante el cual se acredita que en Sesión Ordinaria Nº10 de fecha 24 de mayo de 2006 el Consejo de Gobierno de la Región del Bío Bío aprobó por la unanimidad de la sala el Informe de la Comisión de Planificación y Ordenamiento Territorial respecto del proyecto "Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo", Vistos: Lo dispuesto en el artículo 36º del DFL Nº 458 (V. y U.) de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; en los artículos 2.1.7 al 2.1.9 del DS Nº 47 (V. y U.) de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, modificado por el DS Nº 75 (V. y U.) de 2001, por el DS Nº 217 (V. y U.) de 2002 y por el DS Nº 33 (V. y U.) de 2002; en los artículos 1º y 2º de la ley Nº 19.778 de 2001 que modificó la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en materia de planes reguladores, y lo dispuesto en la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República,
Resuelvo: