Por resolución exenta Nº 334, de 13 de julio de 2007, la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la III Región, autorizó el funcionamiento del Terminal de Taxis Colectivos urbanos ubicado en la ciudad de Copiapó, calle Dulcinea Nº 1057, Pobl. Rosario, de propiedad del Sindicato de Trabajadores Independientes de Taxis Colectivos Línea Nº 2 de Copiapó, RUT Nº 71.296.700-5, recinto clasificado en categoría A2, con una capacidad máxima de 100 taxis colectivos, dejándose constancia que el funcionamiento del terminal que se autoriza se mantendrá en la medida que el propietario o su representante legal cumpla con las siguientes especificaciones:
Hará uso de este terminal la siguiente línea: Sindicato de Trabajadores Independientes de Taxis Colectivos Línea Nº 2 de Copiapó, RUT Nº 71.296.700-5, con el servicio de taxis colectivos inscrito a la presente fecha en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros, Región de Atacama, bajo el folio Nº 60010, con el siguiente servicio prestado con taxis colectivos:
Troncal: Rosario - Circunvalación - Av. La Paz Variante: Rosario - Circunvalación - El Palomar El terminal podrá ser utilizado por una cantidad máxima de 100 taxis colectivos, conforme al cálculo que resulta de la ecuación del artículo 45 bis B del D.S. 212/92 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y a las tablas 8 y 9 establecidas en el texto del D.S. 270/04, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Encargado de la administración del terminal Sr. Raúl Morgado Garay, RUT Nº 9.135.487-K, domiciliado en calle Diego Carmona Nº 919, Población Juan Pablo II, de la comuna de Copiapó.